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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
8 de marzo de 2022

Número de sentencia:
60

Expediente:
21-0598

Temas:
Abuso sexual

Máximas

Si luego de decretada la adopción ocurre un hecho sobrevenido como la condenatoria penal de uno de los padres adoptivos por la comisión del delito de abuso sexual en contra del hijo adoptivo, podrá revocarse judicialmente el vínculo de adopción con respecto al padre condenado con el objeto de proteger al niño o adolescente de traumatismos posteriores.

MIS ANOTACIONES

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Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
10 de diciembre de 2020

Número de sentencia:
164

Expediente:
C20-16

Temas:
Complejidad de los hechos objeto de las excepciones, Excepciones en fase de investigación

Máximas

• Cuando se opongan excepciones en el desarrollo de la fase preliminar, y la parte actora ofrezca pruebas, el juez de control competente estará obligado a convocar a las partes para la realización de la audiencia oral prevista en el artículo 30 del Código Orgánico Procesal Penal.

• Con respecto a las excepciones opuestas en fase de investigación con ofrecimiento de pruebas, el juez de control convocará a todas las partes, sin necesidad de notificación previa, a una audiencia oral, que se celebrará dentro de los ocho días siguientes a la publicación del auto respectivo, a los efectos de que cada una de las partes exponga oralmente sus alegatos o argumentos y presente sus pruebas.

• Es un vicio de nulidad absoluta el hecho de que un juez, en el procedimiento de oposición de excepciones en fase de investigación, no realice la respectiva audiencia oral en aquellos casos en los cuales las partes hayan promovido pruebas para la resolución de la referida excepción.

• Cuando los hechos hayan ocurrido en circunstancias bastante complejas que generen incertidumbre en torno a la comisión del hecho y/o su irreprochabilidad a los imputados, los jueces de control deberán pasar la causa a juicio para superar tal incertidumbre con el contradictorio en juicio, y con ello lograr la certeza de lo acontecido y la válida aplicación del derecho, como finalidad del proceso penal.

• Cuando los hechos hayan ocurrido en circunstancias bastante complejas que generen incertidumbre en torno a la comisión del hecho o la responsabilidad de los imputados, los jueces de control deberán declarar sin lugar las excepciones opuestas por la defensa en la fase preliminar por la supuesta atipicidad de los hechos acaecidos y ordenarán que se continúe con el curso de la fase de investigación.

• Los defectos esenciales o trascendentes de un acto procesal que afectan su eficacia y validez, el cumplimiento de los presupuestos procesales o el error en la conformación que afecta algún interés fundamental de las partes o de la regularidad del juicio en el cumplimiento de normas de cardinal observancia, comportan la nulidad.

• Todo acto jurídico debe someterse a la Constitución y demás leyes, y no puede un juez alterarlo, aún en consenso con las partes, debido a que el debido proceso exige el cumplimiento de requisitos y condiciones establecidas por el legislador y que son de orden público.

MIS ANOTACIONES

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