/ Aclaratoria de fallos

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Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
10 de diciembre de 2020

Número de sentencia:
158

Expediente:
C20-16

Temas:
Aclaratoria de fallos

Máximas

• La figura procesal de la aclaratoria tiene como fin corregir los errores materiales, dudas u omisiones, que existan en un fallo, sin que constituya una modificación esencial en su contenido, que reforme o revoque bien la sentencia o bien un auto que haya sido pronunciado por un tribunal, a menos que sea admisible el Recurso de Revocación.

• La facultad de la aclaratoria otorgada legalmente al juez o jueza, con respecto a la decisión que ha asumido, solamente se limita a desarrollar con mayor claridad algún aspecto que conlleve a una interpretación ambigua u origine una falta de concreción en su pronunciamiento judicial.

• El objeto de la aclaratoria se limita a corregir errores o suplir omisiones sin modificar esencialmente el fallo.

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