/ Actas de Asamblea

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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
14 de agosto de 2023

Número de sentencia:
1232

Expediente:
22-0856

Temas:
Actas de Asamblea

Máximas

• Las actas de asambleas, una vez inscritas y/o publicadas en el registro mercantil que resulte competente de acuerdo al domicilio de la sociedad, derivan oponible frente a terceros (incluso si se tratar de un juez), por lo tanto, las declaraciones en ellas contenidas merecen fe pública hasta tanto no sean desvirtuadas mediante los mecanismos de impugnación correspondientes.

• Las actas de asambleas, una vez inscritas y/o publicadas en el registro mercantil, se encuentran dotadas dela fuerza probatoria del artículo 1363 del Código Civil, en consecuencia, hacen prueba e contario de la verdad de las declaraciones que contienen, hasta tanto no se produzca la decisión judicial que les prive de su validez.

• Todo asiento registral relativo a actos y negocios mercantiles sólo es desvirtuable mediante sentencia definitivamente firme, puesto que el legislador otorgó presunción de veracidad a las acaso de asambleas inscritas y/o publicadas en el registro mercantil competente.

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