/ Amparo; Competencia

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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
4 de diciembre de 2023

Número de sentencia:
1722

Expediente:
21-0384

Temas:
Amparo; Competencia

Máximas

El amparo interpuesto contra un Coordinador de una Oficina de Alguacilazgo es competencia de los Juzgados de Primera Instancia en Funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal, salvo que el derecho o garantía presuntamente violentada se refiera a la libertad o seguridad personales, en cuyo caso la competencia recaería en los juzgados en funciones control.

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