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Sentencias

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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
11 de febrero de 2022

Número de sentencia:
36

Expediente:
19-0132

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Legitimación

Máximas

• Las Cortes de Apelaciones, antes de pronunciarse sobre la inadmisibilidad de una acción de amparo por falta de legitimación del apoderado judicial, no pueden dejar de considerar los bienes jurídicos que son denunciados como vulnerados en el caso, mucho más cuando se trate de la vida y salud de una persona privada de libertad.

• Las Cortes de Apelaciones, antes de pronunciarse sobre la inadmisibilidad de una acción de amparo por falta de legitimación del apoderado judicial, deben considerar la causa y el objeto de la acción de amparo, así como el eventual alegato de la parte accionante sobre la imposibilidad de acceso al expediente, debiendo solicitar de oficio, en esos casos, copia certificada del expediente penal original antes de pronunciarse sobre la inadmisibilidad de la acción.

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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
3 de junio de 2022

Número de sentencia:
128

Expediente:
21-0759

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Audiencia de presentación, Imputado, Recurso de apelación, Revisión

Máximas

La decisión judicial que acuerda la privación de libertad del imputado en la audiencia de presentación no debe impugnarse a través de la acción de amparo, sino que debe atacarse mediante el instituto denominado establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, así como mediante la interposición del recurso de apelación previsto en el artículo 439.4 eiusdem.
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Sala Constitucional

Fecha:
3 de junio de 2022

Número de sentencia:
119

Expediente:
19-0767

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Competencia, Fiscal

Máximas

Cuando se ejerce la acción de amparo contra un órgano jurisdiccional y contra un fiscal del Ministerio Público, el accionante debe interponerla de forma independiente y por separado según los sujetos presuntamente agraviantes, ya que la competencia del tribunal constitucional en amparo se determina no sólo por la materia afín a los derechos cuya supuesta violación se denuncia, sino también en atención a la persona, sentencia, acto u omisión señalados como causantes del agravio, por lo que, siendo interpuestas de forma conjunta las denuncias contra distintos órganos ante un mismo tribunal, no podrían acumularse en razón de la segura incompetencia del juzgador para pronunciarse sobre la totalidad de la pretensión, haciendo imposible su tramitación.
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Sala Constitucional

Fecha:
3 de junio de 2022

Número de sentencia:
125

Expediente:
21-0545

Temas:
Amparo, Amparo constitucional, Internet

Máximas

En el término "medio telegráfico" al que hace alusión el artículo 16 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, está incluido el Internet como medio posible de interposición de la petición de amparo constitucional, limitándose a casos de urgencia y a su ratificación, personal o mediante apoderado, dentro de los tres (3) días siguientes a su recepción, ello con el fin de no limitar el derecho al acceso a la justicia del accionante, por constituir no sólo un hecho notorio la existencia del Internet como medio novedoso y efectivo de transmisión electrónica de comunicación, sino que, además, dicho medio se encuentra regulado en el ordenamiento jurídico venezolano por la Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en la cual se le da inclusive valor probatorio a dichas transmisiones.
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Sala Constitucional

Fecha:
2 de junio de 2022

Número de sentencia:
108

Expediente:
20-0120

Temas:
Amparo, Amparo constitucional, Competencia, Fiscal

Máximas

Los Juzgados de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio son competentes para conocer de las acciones de amparo constitucional interpuestas con ocasión de los supuestos agravios u omisiones cometidos por un fiscal del Ministerio Público en el curso de una investigación penal, a menos de que se trate de la vulneración o amenaza de violación de los derechos y garantías a la libertad y seguridad personal, en cuyo caso correspondería conocer del amparo a un Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control.
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Sala Constitucional

Fecha:
7 de marzo de 2022

Número de sentencia:
49

Expediente:
18-0478

Temas:
Amparo, Revisión Constitucional

Máximas

No puede pretenderse que la revisión constitucional sustituya ningún medio ordinario o extraordinario, incluso el amparo, por cuanto dicha facultad discrecional busca de manera general, objetiva y abstracta, la obtención de criterios unificados de interpretación y no el resguardo de derechos e intereses subjetivos y particularizados del solicitante.
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Sala de Casación Penal

Fecha:
25 de mayo de 2022

Número de sentencia:
161

Expediente:
A22-123

Temas:
Amparo, Avocamiento, Recurso de apelación

Máximas

No es admisible una solicitud de avocamiento si aún se encuentra pendiente por decidir un recurso de apelación o un amparo interpuesto por quien pida el avocamiento.
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Sala Constitucional

Fecha:
23 de mayo de 2022

Número de sentencia:
85

Expediente:
21-0757

Temas:
Amparo, Debido proceso, Recurso de apelación

Máximas

• Si el recurso cumple con los presupuestos de admisibilidad legales (es decir, que sea tempestivo y que se cumpla con los principios de impugnabilidad objetiva y subjetiva) y, no obstante, el mismo es declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones, la decisión que se dicte en estos términos resultará lesiva del derecho a recurrir y del debido proceso.

• La inadmisión de un recurso de apelación podrá ser objeto de revisión mediante amparo por el Juez Constitucional si la Corte de Apelaciones no fundamenta tal pronunciamiento en una causa legalmente prevista, o que existiendo ésta, la ha apreciado de forma arbitraria o inmotivada, o cuando haya basado su decisión en un error de relevancia constitucional, o que la misma sea fruto de una interpretación rigorista o meramente formal, que quiebre la proporcionalidad exigible entre la finalidad del requisito y las consecuencias para el derecho fundamental del que se trate.

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Sala Constitucional

Fecha:
8 de marzo de 2022

Número de sentencia:
65

Expediente:
21-0480

Temas:
Acción de amparo, Amparo

Máximas

• Lo que se pide como efecto de un amparo puede no ser vinculante para el tribunal que conoce de la acción, ya que el proceso de amparo no se rige netamente por el principio dispositivo.

• No resulta vinculante para el juez lo que pida el quejoso en la acción de amparo, sino la situación fáctica ocurrida en contravención a los derechos y garantías constitucionales y los efectos que ella produce.

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Sala Constitucional

Fecha:
13 de julio de 2022

Número de sentencia:
342

Expediente:
21-0683

Temas:
Acción de amparo, Amparo

Máximas

• La solicitud de protección constitucional referente a la libertad y seguridad personal puede ser realizada por el agraviado o por cualquier persona que gestione en su favor.

• Si bien es cierto que para incoar la acción de amparo no se necesita de la asistencia o representación de abogados, no es menos cierto que para los propios actos del proceso, quien no es abogado debe al menos estar asistido por un profesional del derecho.

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Sala Constitucional

Fecha:
13 de julio de 2022

Número de sentencia:
305

Expediente:
19-0475

Temas:
Amparo, Competencia, Desacato, Fiscal, Proceso penal

Máximas

• El delito de desacato tipificado en el Art. 31 de la Ley Orgánica de Amparo, tiene carácter jurisdiccional-constitucional, por lo tanto, las reglas del proceso penal y de la ejecución penal no tienen cabida en este ámbito (por ejemplo, fijación de la competencia territorial respecto de la ejecución, intervención fiscal, policial y de jueces, suspensión condicional de la pena, fórmulas alternas de cumplimiento de la pena, entre otras), más allá de lo que estime racionalmente la propia Sala Constitucional.

• Frente al procedimiento constitucional de desacato, dado el interés general que está por encima de los intereses particulares, no opera la figura del desistimiento establecida en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo.

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Sala Constitucional

Fecha:
7 de julio de 2022

Número de sentencia:
257

Expediente:
20-0086

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Amparo constitucional, Defensor

Máximas

• Aun cuando la Sala Constitucional ha sido amplia en aceptar que los defensores públicos o privados intenten a favor de sus defendidos la acción de amparo constitucional sin que medie poder o facultad expresa, ello ha sido así cuando se evidencia en las actas procesales del amparo algún otro documentodemostrativo del carácter de defensor.

• En materia penal, para poder acreditar la representación y legitimidad para el ejercicio de la acción de amparo constitucional, basta con que de las actas procesales, o de algún otro documento demostrativo, pueda evidenciarse el carácter de defensor de quien intenta la acción amparo constitucional.

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Sala Constitucional

Fecha:
7 de julio de 2022

Número de sentencia:
297

Expediente:
22-0335

Temas:
Acción de amparo, Amparo

Máximas

Frente a una presunta detención arbitraria imputada a un órgano de investigación penal y auxiliar de justicia como lo son los órganos policiales, lo que procede es una acción de amparo a la libertad y seguridad personales -o habeas corpus-, cuyo régimen se encuentra establecido en el artículo 27 de la CRBV; en consecuencia, el tribunal competente para conocer de dicho amparo en la modalidad de habeas corpus será un Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control.
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Sala Constitucional

Fecha:
7 de marzo de 2022

Número de sentencia:
54

Expediente:
18-0839

Temas:
Amparo

Máximas

Los amparos contra decisiones, actuaciones u omisiones judiciales deberán ser conocidos por los jueces superiores de los señalados como presuntos agraviantes, por tanto, cuando la pretensión de amparo se ejerce contra la presunta omisión de formalidades esenciales y por el acto jurisdiccional dictado por un tribunal de control, su superior jerárquico es la Corte de Apelaciones del mismo circuito judicial y será la competente para conocer de la acción.
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Sala Constitucional

Fecha:
14 de junio de 2022

Número de sentencia:
150

Expediente:
20-0087

Temas:
Acción de amparo, Amparo

Máximas

Ante la interposición de una acción de amparo, los apoderados judiciales del accionante, del demandado o del eventual tercero interesado, deberán demostrar el carácter con el cual actúan mediante la identificación y consignación -en original o copia certificada- del instrumento poder que les fue otorgado por la parte, y la falta de consignación de dicho documento, que es una carga exclusiva de la parte, no podrá ser suplida por el juez constitucional y traerá como consecuencia la inadmisibilidad de la acción.
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Sala Constitucional

Fecha:
14 de junio de 2022

Número de sentencia:
155

Expediente:
21-0731

Temas:
Amparo, Amparo constitucional, Control judicial, Proceso penal

Máximas

La interposición de un amparo constitucional dirigida contra órganos distintos pudiera comportar la inadmisibilidad de la acción por INEPTA ACUMULACIÓN, no obstante, ello NO OCURRIRÁ cuando las actuaciones denunciadas como lesivas se desarrollan en un mismo proceso penal, como sucede, por ejemplo, cuando las denuncias se refieran a la negativa del Ministerio Público a realizar las diligencias de investigación y a la falta de control judicial por parte del Juez de Control con respecto a la investigación penal, lo que, sin lugar a dudas, incluye las diligencias de investigación negadas por el Ministerio Público, de modo que ambas pretensiones se encontrarían estrechamente vinculadas toda vez que la presunta lesión constitucional se ocasionaría ante la falta de realización de dichas diligencias deinvestigación.
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Sala Constitucional

Fecha:
2 de agosto de 2022

Número de sentencia:
478

Expediente:
22-0428

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Medida privativa de libertad, Orden de aprehensión, Recurso de apelación

Máximas

Cuando el Ministerio Público solicita una orden de aprehensión vía telefónica, por considerarla de extrema necesidad y urgencia, y el tribunal la acuerda, contra dicha decisión no procede una acción de amparo bajo la modalidad de habeas corpus, puesto que la orden de aprehensión ha sido acordada bajo los extremos de ley para ser legítima, por lo que no existe una privativa de libertad ilegal o arbitraria; en consecuencia, aunque la acción de amparo, en esos casos, en realidad se trataría de un "amparo contra sentencia" (pues lo que se pretende atacar es la medida privativa de libertad), de todos modos resultaría inadmisible, pues dicha decisión debe ser impugnada mediante el recurso de apelación de autos.
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Sala Constitucional

Fecha:
2 de agosto de 2022

Número de sentencia:
410

Expediente:
20-0054

Temas:
Amparo, Imputación

Máximas

Es la vía de la apelación de autos prevista en el numeral 5 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, y no el amparo, el medio idóneo por el cual debe impugnarse una orden de desocupación de un inmueble que se dicta en una audiencia oral de imputación ante un juez de control.
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Sala Constitucional

Fecha:
13 de julio de 2022

Número de sentencia:
330

Expediente:
18-0306

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Defensor, Imputado, Proceso penal

Máximas

Es cierto que se puede presentar como instrumento-poder algunas actuaciones del expediente para probar la legitimidad del ejercicio de la acción de amparo en el proceso penal, sin embargo, esto no se puede interpretar alegremente, en el sentido de que cualquier actuación es idónea para validar ante el juez dicha facultad, sino que solo serán idóneas aquellas en las que se evidencie la voluntad del accionante de ser representado por los defensores postulados por él, es decir, que "se acredite" y "revele la voluntad del imputado de estar asistido por un abogado de su confianza".
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Sala Constitucional

Fecha:
7 de julio de 2022

Número de sentencia:
262

Expediente:
20-0146

Temas:
Amparo

Máximas

La clásica noción del amparo contra sentencia no está dirigida solamente a las sentencias o resoluciones judiciales, sino que la misma puede referirse a cualquier decisión o acto que realice el juez que, en criterio del accionante, lesione sus derechos constitucionales.
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Sala Constitucional

Fecha:
13 de julio de 2022

Número de sentencia:
320

Expediente:
20-0377

Temas:
Amparo, Medida privativa de libertad, Recurso de apelación, Recursos

Máximas

Durante la pandemia, el acceso para el ejercicio de los recursos ordinarios, como por ejemplo, la interposición del recurso de apelación, estaba limitado, mientras que para el ejercicio de las acciones de amparo, todos los tribunales se encontraban habilitados; en consecuencia, el amparo, durante ese periodo, sí resultaba un medio idóneo para impugnar la decisión que decretaba una medida privativa de libertad, aunque no se hubiere ejercido previamente el recurso de apelación.
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Sala Constitucional

Fecha:
2 de agosto de 2022

Número de sentencia:
416

Expediente:
21-0034

Temas:
Amparo, Amparo constitucional, Desacato

Máximas

Se establece con carácter vinculante que no se requerirá a los tribunales que conozcan de una denuncia por desacato de un mandamiento de amparo constitucional, conforme al artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que remitan el original del expediente a la Sala Constitucional para su conocimiento previo.
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Sala Constitucional

Fecha:
2 de agosto de 2022

Número de sentencia:
443

Expediente:
19-0667

Temas:
Amparo, Amparo constitucional

Máximas

Las acciones de amparo constitucional en la modalidad de habeas corpus presentadas contra actuaciones u omisiones de las Cortes de Apelaciones son del conocimiento de la Sala Constitucional por ser, en materia de amparo, el tribunal superior natural de los referidos tribunales colegiados, por lo cual, de haber sido presentada la acción ante un Tribunal de Control, deberá ser remitida a la Sala Constitucional para su resolución.
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Sala Constitucional

Fecha:
2 de agosto de 2022

Número de sentencia:
439

Expediente:
22-0443

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Amparo constitucional, Auto de apertura, Auto de Apertura A Juicio, COPP, Recurso de apelación

Máximas

Si bien el artículo 314 del COPP, parte in fine, no permite el ejercicio del recurso de apelación contra la decisión que contiene el auto de apertura a juicio, y que por tal motivo el amparo constitucional es la única vía para su impugnación, ello no implica que el juez constitucional esté imposibilitado de declarar la improcedencia de la acción de amparo y que, por ende, la parte actora deba obtener necesariamente una resolución favorable a sus pretensiones.
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Sala Constitucional

Fecha:
13 de julio de 2022

Número de sentencia:
340

Expediente:
21-0593

Temas:
Amparo, Competencia

Máximas

La enumeración de altos funcionarios que aparece en el Art. 8 de la Ley de Amparo es enunciativa y no taxativa, dado que existen órganos con rango similar que, dada su naturaleza y atribuciones, debe extenderse a ellos la aplicación del fuero especial consagrado en dicha norma, debiendo reunir dos requisitos intrínsecos: (i) la jerarquía constitucional; y, (ii) el carácter nacional, por cuanto la actividad de la autoridad debe emanar de un mandato expreso de la Constitución y su competencia ejercida en todo el territorio de la República.
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Sala Constitucional

Fecha:
16 de abril de 2021

Número de sentencia:
119

Expediente:
17-0501

Temas:
Amparo, COPP, Imputado, Medida privativa de libertad

Máximas

• El arresto domiciliario es un cambio de sitio de reclusión del imputado.

• Entendido el arresto domiciliario como una medida privativa de libertad, su impugnación no podrá hacerse mediante el amparo, pues siempre habrá la posibilidad de solicitar la revisión de tal medida en vía ordinaria a través del Art. 250 del COPP.

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Sala Constitucional

Fecha:
14 de octubre de 2022

Número de sentencia:
691

Expediente:
21-0367

Temas:
Amparo, Debido proceso

Máximas

Cuando los accionantes en amparo alegan que se les ha negado el acceso al expediente y demás actuaciones, los jueces constitucionales no pueden inadmitir dicho amparo bajo la premisa de que "los denunciantes no hicieron uso de un mecanismo preexistente como lo es la Inspectoría General de Tribunales", pues esta circunstancia es ostensiblemente violatoria del debido proceso y derecho a la defensa de los accionantes, ya que, en esos casos, se trataría de un remedio infructuoso por cuanto no puede la actividad de la Inspectoría General de Tribunales, la cual es fundamentalmente potestativa de la inspección y vigilancia de los Tribunales de la República, suplir una vía jurisdiccional o medio judicial preexistente capaz de satisfacer la pretensión solicitada.
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Sala Constitucional

Fecha:
14 de octubre de 2022

Número de sentencia:
680

Expediente:
22-0193

Temas:
Amparo, Defensa técnica, Defensor

Máximas

Solo en materia penal se ha relajado la exigencia de un poder autenticado para acreditar la representación necesaria al momento de interponer un amparo cuando lo que se pretende es la defensa del derecho a la libertad personal, por ello, la Sala Constitucional ha aceptado que los defensores, públicos o privados, intenten la referida acción sin que sea indispensable un poder o facultad expresa para ello, siendo solamente imprescindible que en las actas del expediente exista un documento que demuestre que el abogado ejerce la defensa técnica del presunto agraviado, e inclusive, se ha sostenido que cuando el presunto agraviado se encuentra privado de libertad y uno de los derechos infringidos sea la libertad personal, no es necesario que los abogados consignen documento alguno para demostrar su cualidad.
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Sala Constitucional

Fecha:
14 de octubre de 2022

Número de sentencia:
745

Expediente:
17-1074

Temas:
Amparo, Competencia

Máximas

La competencia en materia de amparo corresponde: (i) a la Sala Constitucional ante las presuntas violaciones de las Cortes de Apelaciones); (ii) a las Cortes de Apelaciones frente a las infracciones que cometa un Tribunal de Primera Instancia en lo Penal; y, (iii) a los Tribunales de Primera Instancia en Funciones de Control o Juicio respecto de las infracciones cometidas por el Ministerio Público y de acuerdo con el derecho constitucional violado o amenazado de violación.
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Sala Constitucional

Fecha:
20 de octubre de 2022

Número de sentencia:
806

Expediente:
21-0018

Temas:
Amparo, Competencia, Fiscal

Máximas

Cuando el amparo está dirigido contra representantes fiscales del Ministerio Público, la competencia para su conocimiento corresponderá a un juzgado de primera instancia en funciones de juicio, salvo que el derecho violentado tenga que ver con la libertad o seguridad personales, pues en ese caso la competencia corresponderá a un juez de control.
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Sala Constitucional

Fecha:
14 de octubre de 2022

Número de sentencia:
722

Expediente:
21-0124

Temas:
Abogados, Amparo, Juramentación

Máximas

Las Cortes de Apelaciones no pueden solicitar el acta de juramentación de los abogados accionantes en amparo y luego declararlo inadmisible por falta de representación, en aquellos casos en los cuales el fundamento de la pretensión de amparo sea, precisamente, la denuncia de "obstaculización" del tribunal de instancia de realizar el referido acto de juramentación.
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Sala Constitucional

Fecha:
30 de noviembre de 2022

Número de sentencia:
1075

Expediente:
22-0247

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Imputado, Orden de aprehensión, Partes, Proceso penal

Máximas

Ante un amparo interpuesto por un imputado que se encuentre evadido, no podrá dictarse ninguna decisión judicial con respecto a su procedencia, pues ello es materia que versa sobre el fondo de la controversia constitucional, y mientras la orden de aprehensión no se haga efectiva, el proceso penal quedará suspendido, lo cual constituye una circunstancia de imposibilidad material que impide la función de reparabilidad de la acción de amparo. Derecho de las partes de votener und
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Sala Constitucional

Fecha:
24 de octubre de 2022

Número de sentencia:
823

Expediente:
20-0412

Temas:
Amparo

Máximas

• Es admisible excepcionalmente el amparo cuando los medios ordinarios no constituyen una vía idónea, breve y sumaria, por la urgencia del caso, ante el fundado temor de que la lesión no pueda ser reparada con el uso de los mismos.

• Es admisible el amparo en los casos en que los medios ordinarios hayan sido agotados y persista la violación de los derechos constitucionales invocados; o en aquellos casos en que aun existiendo un remedio procesal, éste no resulte más expedito y adecuado para restablecer la situación jurídica infringida, y así se demuestre.

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Sala Constitucional

Fecha:
31 de octubre de 2022

Número de sentencia:
870

Expediente:
17-0922

Temas:
Amparo, COPP

Máximas

En el COPP no está previsto ningún medio ordinario de impugnación contra las omisiones de pronunciamiento, por tanto, al no existir la vía ordinaria, si el accionante recurre al amparo, no le está dado al A quo constitucional declarar su inadmisibilidad.
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Sala Constitucional

Fecha:
2 de agosto de 2022

Número de sentencia:
416

Expediente:
21-0034

Temas:
Amparo, Amparo constitucional, Desacato

Máximas

Los tribunales que conozcan de las denuncias por incumplimiento o desacato de los mandamientos de amparo constitucional convocarán directamente a una audiencia constitucional para determinar si hubo o no desacato, y solo remitirán en consulta per saltum a la Sala Constitucional, antes de proceder a su ejecución, la copia certificada de la decisión que declara efectivamente el desacato e impone la sanción prevista en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
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Sala Constitucional

Fecha:
15 de diciembre de 2022

Número de sentencia:
1230

Expediente:
20-0221

Temas:
Amparo, Fiscal, Querella, Recusación

Máximas

• El MP es único e indivisible y todos los fiscales actúan en los procesos penales bajo la autoridad y representación del FGR.

• El FGR tiene atribuciones legales en las cuales debe actuar de manera directa y personal, como, por ejemplo, presentar querella contra el Presidente de la República, conocer y designar al Fiscal suplente cuando se haya interpuesto una recusación o se haya inhibido otro fiscal, ejercer la potestad disciplinaria sobre los fiscales y funcionarios subalternos, designar a los fiscales y demás empleados de su dependencia.

• Solo cuando el FGR ejerce atribuciones legales en las cuales debe actuar de manera directa y personal, es que la Sala Constitucional es competente para conocer y decidir, en única instancia, de las acciones de amparos constitucionales, por violaciones o amenazas de violación de derechos fundamentales, ocasionadas por este alto funcionario.

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Sala Constitucional

Fecha:
16 de octubre de 2023

Número de sentencia:
1453

Expediente:
23-0576

Temas:
Amparo, COPP, Incomparecencia, Nulidad, Nulidades, Recurso de apelación

Máximas

Antes de acudirse al amparo para denunciar que en fase de juicio se ha producido la incomparecencia sin justificación del representante del MP a las diferentes oportunidades fijadas por el Tribunal, o la imposibilidad de evacuar órganos de prueba, como lo son las testimoniales de los funcionarios policiales actuantes, o la falsa atestación de testigos, o las oportunidades en que no se ha producido el traslado del procesado para las fechas fijadas por el tribunal, el justiciable puede oponerse a etas acciones valiéndose de lo dispuesto en los artículos 74 y ss del COPP (de las nulidades), o en caso de encontrarse en presencia de una decisión judicial puede interponer el recurso de revocación (artículos 436 y ss del COPP) y el recurso de apelación de autos (artículos 439 y ss del COPP).
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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
30 de noviembre de 2022

Número de sentencia:
1075

Expediente:
22-0247

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Imputado, Proceso penal

Máximas

• Todo proceso penal se suspende cuando el imputado o acusado evada la estadía a derecho, máxime cuando en su contra se haya librado una orden de aprehensión.

• Para que el imputado pueda beneficiarse de todos los derechos y garantías que ofrece el sistema procesal penal, es necesario que afronte el proceso penal, para poder ejercer, en el mismo, su derecho a la defensa.

• Ante un amparo interpuesto por un imputado que se encuentre evadido del proceso, no podrá dictarse ninguna decisión judicial con respecto a su procedencia, pue ello es materia que versa sobre el fondo de la controversia constitucional y constituye una circunstancia de imposibilidad material que impide la función de reparabilidad de acción de amparo.

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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
13 de abril de 2023

Número de sentencia:
278

Expediente:
21-0448

Temas:
Amparo, COPP, Imputado, Recurso de apelación

Máximas

La decisión judicial que revoca por incumplimiento una detención domiciliaria y decreta, en consecuencia, la privativa de libertad del imputado, no se trata de una simple revisión de medida, sino de una de las consecuencias establecidas en el artículo 248.1 del COPP, por tanto, contra dicha decisión procede el recurso de apelación y no el amparo.
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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
17 de abril de 2023

Número de sentencia:
284

Expediente:
22-0773

Temas:
Acción de amparo, Amparo

Máximas

Debe ejercerse la demanda de habeas data, antes de acudirse a la acción de amparo, cuando el accionante lo que requiere es que sea eliminado de su certificación de antecedentes penales una condena de la cual había sido objeto en años pasados, es decir, la eliminación de un registro penal por transcurso del tiempo legal.
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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
13 de abril de 2023

Número de sentencia:
274

Expediente:
21-0449

Temas:
Amparo, Amparo constitucional, Debido proceso, Partes

Máximas

• Ante la omisión de pronunciamiento, no existe medio de impugnación alguno distinto del amparo constitucional, toda vez que, cuando el órgano jurisdiccional deja de pronunciarse sobre las pretensiones deducidas, y queda, por tanto, la cuestión planteada sin juzgar, se produce una situación de indefensión para las partes.

• La omisión de pronunciamiento sobre lo alegado por una de las partes constituye una actuación indebida del órgano jurisdiccional, vulneradora del derecho a la defensa y la garantía del debido proceso.

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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
30 de mayo de 2023

Número de sentencia:
619

Expediente:
19-0387

Temas:
Amparo, Amparo constitucional, Debido proceso, Imputado, Tutela judicial efectiva

Máximas

No se puede ejercer un amparo constitucional en la modalidad "hábeas corpus" contra la omisión de pronunciamiento de un tribunal de control en constituir una fianza en beneficio de un imputado (lo cual ha provocado que éste continúe privado de libertad), pues los tribunales, al momento de dictaminar una privación de libertad o la imposición de una medida cautelar sustitutiva, no comenten privaciones ilegítimas de libertad, por cuanto éstas son medidas de coerción personal que estableció el legislador para garantizar las resultas del proceso, motivo por el cual, darle el tratamiento de "habeas corpus" a las acciones de amparo incoadas bajo ese motivo, violenta el debido proceso, la tutela judicial efectiva, y la jurisprudencia patria.
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Datos

Sala Constitucional

Fecha:
9 de junio de 2023

Número de sentencia:
763

Expediente:
23-0211

Temas:
Amparo