/ Audiencia de presentación

Cello.jpg

Hay 8 sentencia (s) relacionada (s) con este tema.

Suscríbete y obten acceso a la información organizada de:

772

Sentencias

466

Temas

28

Ponentes

¿Ya está suscrito?

Usuario: *
Contraseña: *

Datos

Sala Constitucional

Fecha:
11 de febrero de 2022

Número de sentencia:
39

Expediente:
20-0179

Temas:
Acusación, Audiencia de presentación, Imputado, Medida privativa de libertad

Máximas

• El lapso de cuarenta y cinco (45) días con los que cuenta el Ministerio Público para presentar la acusación, no comienza a correr desde el día en que los imputados son detenidos, sino desde la fecha en que el juez acuerde la medida privativa de libertad, tal y como se desprende del contenido del artículo 236 del COPP.

• El lapso de cuarenta y cinco (45) días previsto en el artículo 236 del COPP no debe computarse desde la fecha de la detención del imputado, sino desde la oportunidad en que el juez acuerda la medida privativa de libertad, lo cual puede ocurrir en la audiencia de presentación.

Puede utilizar viñetas, hipervínculos, subrayar o agregar formatos a sus textos.

Datos

Sala Constitucional

Fecha:
3 de junio de 2022

Número de sentencia:
128

Expediente:
21-0759

Temas:
Acción de amparo, Amparo, Audiencia de presentación, Imputado, Recurso de apelación, Revisión

Máximas

La decisión judicial que acuerda la privación de libertad del imputado en la audiencia de presentación no debe impugnarse a través de la acción de amparo, sino que debe atacarse mediante el instituto denominado establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, así como mediante la interposición del recurso de apelación previsto en el artículo 439.4 eiusdem.
Puede utilizar viñetas, hipervínculos, subrayar o agregar formatos a sus textos.

Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
11 de marzo de 2022

Número de sentencia:
94

Expediente:
A21-96

Temas:
Audiencia de presentación, Imputado

Máximas

• El Ministerio Público no puede imputar, bajo el procedimiento de flagrancia, delitos que venía investigando por unos supuestos hechos acaecidos con anterioridad a la aprehensión.

• El Ministerio Público no puede imputar en la audiencia de presentación por flagrancia delitos que no se sustenten ni correspondan con la actuación del ciudadano al momento de su aprehensión.

• Sería un manejo inapropiado de los supuestos de la flagrancia, tanto por el Ministerio Público como por el Tribunal de Control, el hecho de que en la audiencia de presentación se imputen delitos al aprehendido que no muestren una evidente conexión que incrimine al imputado entre su actuación al momento de ser aprehendido con los delitos imputados.

Puede utilizar viñetas, hipervínculos, subrayar o agregar formatos a sus textos.

Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
25 de octubre de 2021

Número de sentencia:
146

Expediente:
C21-60

Temas:
Acusación, Audiencia de presentación, Fiscal, Imputado

Máximas

Cuando a un ciudadano se le atribuye la comisión de varios delitos en la audiencia de presentación, el fiscal no puede presentar acusación solo por uno de los delitos imputados y omitir señalar si considera procedente acusar, archivar o sobreseer la causa con respecto a los otros delitos atribuidos en la audiencia de presentación, pues constituye una obligación ineludible del representante fiscal presentar, una vez concluida la investigación penal, el acto conclusivo pertinente.
Puede utilizar viñetas, hipervínculos, subrayar o agregar formatos a sus textos.

Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
30 de octubre de 2023

Número de sentencia:
431

Expediente:
CC23-414

Temas:
Audiencia de presentación, Competencia, Partes

Máximas

Los tribunales no deben realizar una declinatoria de competencia a priori en una fase incipiente como lo es antes de realizarse la audiencia de presentación de un aprehendido, sin escuchar los fundamentos del Ministerio Público y del resto de las partes intervinientes, pues ello no permitiría determinar cuál es el delito efectivamente cometido y la normativa aplicable.
Puede utilizar viñetas, hipervínculos, subrayar o agregar formatos a sus textos.

Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
4 de agosto de 2023

Número de sentencia:
305

Expediente:
A23-128

Temas:
Audiencia de presentación, Fiscal, Imputado

Máximas

El fiscal del MP no puede acusar por un delito distinto al que ya había sido imputado en la audiencia de presentación, por tanto, deberá realizarse una nueva audiencia cuando se pretenda acusar por un delito distinto al imputado formalmente con anterioridad.
Puede utilizar viñetas, hipervínculos, subrayar o agregar formatos a sus textos.

Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
25 de octubre de 2021

Número de sentencia:
146

Expediente:
C21-60

Temas:
Acusación, Audiencia de presentación, Duración de la investigación, Fase de investigación, Presentación del imputado

Máximas

• Cuando a un ciudadano se le atribuye la comisión de varios delitos en la audiencia de presentación, el fiscal no puede presentar acusación solo por uno de los delitos imputados y omitir señalar si considera procedente acusar, archivar o sobreseer la causa con respecto a los otros delitos atribuidos en la audiencia de presentación, pues constituye una obligación ineludible del representante fiscal presentar, una vez concluida la investigación, el acto conclusivo pertinente.

Puede utilizar viñetas, hipervínculos, subrayar o agregar formatos a sus textos.

Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
15 de octubre de 2021

Número de sentencia:
134

Expediente:
A21-118

Temas:
Audiencia de presentación, Derecho al recurso, Publicación de auto

Máximas

• Durante la audiencia de presentación se pueden generar decisiones que requieren de la publicación del respectivo auto fundado, como, por ejemplo, la calificación jurídica admitida del delito imputado, la aprehensión en flagrancia y su estado probatorio, y la medida privativa preventiva de libertad decretada contra el imputado; y si el tribunal respectivo no dicta el texto en extenso de las decisiones tomadas en la audiencia de presentación, el mismo día de la audiencia o a más tardar al tercer día siguiente, se lesiona el derecho a la defensa y el debido proceso, pues hasta que el extenso de dichas decisiones no sea publicado, y no se puedan producir las notificaciones correspondientes, se encontrará en suspenso la vía recursiva.

Puede utilizar viñetas, hipervínculos, subrayar o agregar formatos a sus textos.