Está ajustada a Derecho la orden de aprehensión librada en contra del imputado cuando la audiencia preliminar ha sido diferida en numerosas oportunidades producto de la imposibilidad de practicar su citación, y más cuando el imputado está en pleno conocimiento de que, contra él, el Ministerio Público ha iniciado una investigación penal (por ejemplo, por haber nombrado abogado defensor), pues el juez, como director del proceso, debe ejecutar todo lo conducente para que se realice la audiencia preliminar en presencia de las partes.