/ Extradición de nacionales

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Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
2 de diciembre de 2020

Número de sentencia:
150

Expediente:
E20-105

Temas:
Alerta roja, Extradición de nacionales

Máximas

• La notificación roja consiste en una solicitud de localización de persona buscada y su detención preventiva o provisional, con la finalidad de requerir su extradición.

• La notificación roja contiene efectivamente una solicitud de detención preventiva con el compromiso de requerir la extradición formal, una vez localizada la persona requerida.

• Una vez verificada la detención de una persona en función de una alerta roja, se debe realizar la notificación al país requirente para que en un plazo máximo de 60 días presente la solicitud formal de extradición, y dicho plazo se computará desde que conste en el expediente la notificación hecha por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores al Gobierno del país requirente.

• Si la persona solicitada en extradición es nacional del Estado venezolano, es necesario acompañar los elementos de prueba que permitan el juzgamiento en el caso de que el inculpado sea procesado en el territorio venezolano, siempre y cuando lo solicite el país requirente, conforme con lo establecido en el encabezado del artículo 6 del Código Penal venezolano.

• Si la persona solicitada en extradición es nacional del Estado venezolano, el país requirente deberá enviar copia de la sentencia definitivamente firme en el caso de que el solicitado haya sido condenado y el país requirente solicite el cumplimiento de la pena en Venezuela.

• El proceso penal es de carácter y orden público, por ello, los actos y lapsos procesales se encuentran predeterminados en un cuerpo normativo, como fórmula idónea para la tramitación y solución de los conflictos penales, lo cual crea certeza y seguridad jurídica para quienes acudan a los órganos de administración de justicia, haciendo posible conocer con exactitud los actos que estos deben realizar, pues tanto el proceso como el procedimiento no pueden ser anárquicos: sin reglas, garantías, ni seguridad.

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