/ Fiscal; Imputado; Proceso penal

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Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
4 de diciembre de 2023

Número de sentencia:
527

Expediente:
A23-478

Temas:
Fiscal; Imputado; Proceso penal

Máximas

•No toda persona que aparezca en una investigación penal, con ocasión de una denuncia formulada por la comisión de uno o varios hechos punibles, será considerada como imputada, debido a que el objeto del proceso penal se configura no sólo con la existencia de un hecho punible, sino también con la atribución de su comisión a una persona concreta.

• La condición de imputado que puede el Ministerio Público atribuir a una determinada persona no puede ser equiparada con la condición de investigado que puede dársele a cualquier persona cuyo nombre aparezca vinculado con los hechos o circunstancias que constituyen el objeto de la investigación realizada por el Ministerio Fiscal en la fase preliminar, ya que esta última no supone la atribución de autoria o participación en la comisión de ningún hecho punible, sino sólo una vinculación, por ejemplo, a título de testigos, con los sucesos o situaciones fácticas que son objeto de investigación por parte del Ministerio Público.

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