/ Fiscal; Ministerio público

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Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
17 de noviembre de 2023

Número de sentencia:
499

Expediente:
RI23-372

Temas:
Fiscal; Ministerio público

Máximas

A los efectos del Art. 295 del COPP, el juez, una vez fijado el plazo prudencial para la presentación del acto conclusivo al Ministerio Público, deberá ordenar la notificación de los sujetos procesales que no realizaron dicha solicitud, las cuales deberán constar en el expediente, especialmente la notificación efectiva del Ministerio Público, a fin de computar el inicio de dicho plazo prudencial que empezará a correr a partir del día hábil siguiente de notificado el fiscal investigador.

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