/ Nulidad de la audiencia preliminar

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Datos

Sala de Casación Penal

Fecha:
3 de diciembre de 2020

Número de sentencia:
152

Expediente:
C20-91

Temas:
Nulidad de la audiencia preliminar, Sobreseimiento en audiencia preliminar

Máximas

• El juez de la audiencia preliminar, antes de proceder a declarar el sobreseimiento del proceso penal, debe verificar todas y cada una de las exigencias de admisión o no de la acusación fiscal, de la acusación particular propia de la víctima (en caso de haberse interpuesto) y de las excepciones promovidas por la defensa del acusado, lo cual sólo puede surgir con la debida motivación judicial, con la finalidad de tutelar el derecho que le asiste a las partes.

• El juez de la audiencia preliminar debe realizar un estudio en cuanto al hecho punible objeto del proceso y debe verificar si los hechos se subsumen o no en el precepto jurídico mencionado por las partes.

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