/ Valoración de testimonios no evacuados en juicio

Cello.jpg

Hay 1 sentencia (s) relacionada (s) con este tema.

Suscríbete y obten acceso a la información organizada de:

772

Sentencias

466

Temas

28

Ponentes

¿Ya está suscrito?

Usuario: *
Contraseña: *

Datos

Sala Constitucional

Fecha:
14 de mayo de 2021

Número de sentencia:
162

Expediente:
16-0196

Temas:
Recurso de revisión constitucional, Valoración de prueba para desvirtuar la presunción de inocencia, Valoración de testimonios no evacuados en juicio

Máximas

• Si los funcionarios promovidos como medios de prueba no comparecen a rendir declaración al debate oral y público, ni en calidad de testigos, ni en calidad de expertos, no podrán ser incorporados en la motivación de la sentencia condenatoria en cumplimiento de los principios de oralidad e inmediación, pues los mismos serán inexistentes dentro del acervo probatorio.

• El juez de juicio no puede simplemente hacer un breve comentario desarticulado del contenido de cada medio probatorio, prescindiendo de la adminiculación debida entre los distintos medios de prueba y sin referirse a todos los hechos que estima demostrados durante el debate de juicio.

• El juez de juicio no puede en su sentencia condenatoria enumerar y transcribir simplemente el contenido de los medios probatorios que fueron efectivamente incorporados al debate oral, omitiendo un análisis integral y concatenado entre éstos.

• El juez de juicio debe en su sentencia condenatoria señalar sobre la base de qué medio probatorio considera demostrado cada uno de los hechos asumidos como ciertos.

• Mediante el recurso de revisión constitucional se puede decretar la nulidad de una sentencia condenatoria definitivamente firme.

Puede utilizar viñetas, hipervínculos, subrayar o agregar formatos a sus textos.